Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, de conformidad con los artículos 2, 26, 27, 49, y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con los artículos 4, 7, 10, 18, y 48, todos de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, hace los siguientes pronunciamientos:PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha dieciocho de octubre de dos mil diecinueve (18-10-2019), por la Abogada Jonniray Guerrero, Defensora Privada del ciudadano K.J.M.G. (Se Reserva su Identidad conforme al artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contra el Tribunal de Prime.....