VI
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, actuando en Primera Instancia Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional, interpuesto por el abogado Robert Alexander Alvarado López en su condición de Defensor Privado del ciudadano Jorge Eliécer Díaz Guaina en el asunto penal Nº EP03-O-2017-00005, en contra del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales