Se Declaró: Primero: Con Lugar; el recurso de apelación interpuesto por los abogados E. Cepeda y Adolfo E. Zepeda Lares, en sus condiciones de defensores privados del ciudadano Kaizzar Arawwi Hajali en contra del auto dictado en fecha 20 de octubre de 2011, por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se anula la decisión proferida por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en fecha 20/10/2011; y en efecto se ordena que otro Juez o Jueza distinto del que pronunció la impugnada se pronuncie nuevamente sobre la solicitud Fiscal.