Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Con Lugar la Inhibición planteada a titulo personal con el Abogado Edgardo Antonio Boscán Pérez y no institucional con la Fiscalía Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, por la Dra. Josefina Lobosco Rondón, en su carácter de Jueza Quinta de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.