"EN NOMBRE DE LA REPUBICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, este Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando por comisión procede a declarar que se de cumplimiento formalmente al Régimen de Convivencia Familiar establecido". Se deja constancia que la niña (se omite el nombre) de cinco años de edad, se trasladara a la casa de su papa en este momento hasta el día domingo veintidós (22) del presente mes y año, a las seis de la tarde (6:00 PM) en virtud de los ocho meses que tiene el padre sin ver ni compartir con su niña