En este estado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Rojas y Sosas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara embargados preventivamente los bienes arriba señalados Ut supra identificados, se decreta la Desposesión Jurídica de los bienes y se hace formal entrega al depositario designado quien expone: "Recibo conforme los bienes señalados, en las condiciones en las cuales me han sido entregados". Seguidamente solicita el derecho de palabra el abogado actor quien expone: en nombre de mi representado manifiesto que he llegado a un acuerdo con el demandado el consiste en: "he recibido en este acto un cheque por la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES DEL BANCO BANFOANDES, de la cuenta corriente N° 0007 0225 10 0000000018, número de cheque 12300184, a nombre de MICHELE MUZIO, estando conforme con el embargo aquí efectuado y me comprometo a que una.....