Seguidamente solicita el derecho de palabra el abogado de la parte demandante Luís Ramones y expuso: En nombre de mi representada y a los efectos de poner fin a la presente causa acepto la oferta de pago realizada por la demandada de autos en los términos antes expuestos, en consecuencia solicito a este tribunal s abstenga de practicar la presente medida y sea devuelta la comisión al tribunal de la causa para que el mismo imparta su homologación sobre el convenio de pago aquí realizada, es todo. Seguidamente el Tribunal Ejecutor de Medidas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a suspender la presente Medida Preventiva de Embargo, sobre bienes muebles propiedad de la prenombrada demandada, ciudadana Betzaida Elizabeth Duque Devia, en virtud del acuerdo señalado por las partes. Es todo. Siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.) y no habiendo otra actuación que practicar el Tribunal regresa a su Sede natural.