Acto seguido el Abogado actor expuso: solicito a este Tribunal practicar la medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad del demandado de autos. Seguidamente la ciudadana Yudith Armelaida García Molina, antes identificada y expone: luego de conversación telefónica con mi padre Elday Gabriel García Contreras, antes señalado reconocemos la deuda y para que no se practique la medida de Embargo ejecutivo ofrezco pagar en este auto la cantidad de Treinta y Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs.32.500,oo) de la siguiente manera en una cheque signado con el N° 40001899 del Banco de Venezuela por un monto de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,oo9 y otro cheque del Banco de Venezuela signado con el N° 11001814, por un monto de Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs. 2.500,oo) ambos cheques a favor de la demandante de autos Inversora Participar S.A. con el fin de pagar totalmente la deuda y cumpla con las obligaciones contraídas por el ciudadano Elday Gabriel García Contreras y ponerle fin al present.....