En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, interpuesta por la ciudadana HILDENA AYALA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.509.546, domiciliada en el Barrio Bella Vista calle 4 Casa S/N de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano DESIDERIO
VARGAS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.823.261, domiciliado en el Barrio Las Américas calle 9 Casa S/N de la población de Socopó del estado Barinas, a favor de la niña YEISABEL VARGAS AYALA, en consecuencia se fija la pensión de alimentos en la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80......