EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del niño YORMAN OMAR PAREDES HERRERA.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano OMAR ALY PAREDES LOBO, se obliga con la manutención a favor de su hijo, por la cantidad mensual de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,oo), a partir que el beneficiario regrese de sus vacaciones las cuales disfrutara en casa de su padre, en el Estado Mérida Aricagua, más dos cuotas especiales por una cantidad igual adicional, es decir, DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,oo), en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar y DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,oo), en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, asimismo el 50% de los gastos médicos, calzado y vestido de uso diario, por otra parte se compromete a realizar los tramites necesarios para que su hijo pueda disfrutar de su Seguro Médico, c.....