EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del niño XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano LIBARDO MEJIA MOLINA, se obliga aumentar la obligación de manutención a favor de su hijo, a la cantidad mensual de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150,oo), cubrirá el 50% de los gastos con ocasión al inicio del año escolar en el mes de Septiembre, es decir, útiles y uniformes por la cantidad aproximada de TRESCIENTOS OCHO BOLÍVARES (Bs. 308,00), más el 50% de los gastos con ocasión a las festividades navideñas en el mes de Diciembre, es decir ropa y calzado por la cantidad aproximada de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00); asimismo el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Bar.....