EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del niño: DANIEL EDUARDO ORTEGA VIVAS.
SEGUNDO: Los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Despacho, que el ciudadano DANIEL EDUARDO ORTEGA, ya identificado, se obliga alimentariamente en favor de su hijo, a partir del presente mes y año, haciéndose cargo de los pañales, leche, crema de arroz, útiles de aseo personal (colonia champú, talco y otros) consignado las facturas al tribunal, mas SESENTA BOLIVARES FUERTES (Bsf. 60,oo) mensuales para colaborar con el mercado, asimismo hacerse cargo de la ropa, calzado y juguete con ocasión a las festividades navideñas del 50% de los gastos médicos, calzado, vestido de uso diario y los demás que requiera su hijo.
TERCERO: dichas cantidades deben ser depositadas en la cuenta de ahorros de la entidad Bancaria Banfoandes, aperturada para tal fin y de la cual la ciudadana NELIDA ROSA VIVAS ARAQUE, informará al Tribunal.....