En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana HILDENA AYALA BUSTAMANTE, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-11.509.546, domiciliada en el Barrio Bella Vista, calle 4-36, de la población de Socopó del Estado Barinas, contra el ciudadano JOSE OMAR PARADA, venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nº 9.249.132, domiciliado en la urbanización la Castra, avenida principal, detrás de la DIEX, Nº 0-22 y labora en el Hospital Central de San Cristóbal del Estado Táchira a favor del adolescente WILMAR JOSE y la ciudadana OMAIRA ALEJANDRA PARADA AYALA, en consecuenci.....