En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Parcialmente con lugar la demanda de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana Noemí González Ivañez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.383.482, domiciliada en el Barrio Alberto Carnevalli, diagonal al cementerio viejo, casa N° 19-41 de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano Miguel Arcángel Andrade
Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.983.019, domiciliado en la población de Socopó y labora en el Taller San Miguel, ubicado en la carrera 8 entre calles 11 y 12 del Barrio Menca Leony de Socopó del Estado Barinas, a favor de l.....