En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana LEIDY KARIN CRIOLLO, venezolana, de ocupación oficios estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.357.992, domiciliada en el Barrio Obrero, calle 6, entre carreras 14 y 15, Casa Nº 14-40, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas; en contra del ciudadano JOSE ABAD GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.371.563, de profesión u oficio: T.S.U en Construcción Civil, domiciliado en la calle La Kimil, carrera 7, al lado de Multihogar “San José”, Casa Nº 10-55, de la población.....