En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la demanda de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana Evarista Soto Rujano, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-9.361.625, domiciliada en el barrio La sabana, avenida 8 Casa N° 28-16 de la población de Socopó del estado Barinas, en contra del ciudadano José Ramón Mora Ruiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.375.891, domiciliado en el Barrio La Esperanza, esquina caliente y labora en la Bomba Villa-Real de la población de Socopó del Estado Barinas, a favor de los niños Yeisy Yogeina, José Daniel y la adolescente Zuleika Andreina Mora Soto, en consecuencia se fija la cantidad .....