En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Parcialmente con lugar la demanda de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana Juana Felida Contreras de Sanabria, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.193.397, domiciliada en el Barrio la Esperanza I frente a la Bomba Villa Real de la población
de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano Marco Antonio Sanabria
Rueda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.445.033, domiciliado en el Barrio las Américas, calle 4 con carrera 10 casa Nº 9-27 de la población de Socopó del Estado Barinas, a favor del adolescente José Mario y la niña Santa Isamar Sanabria Contreras, en consecue.....