En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MARÍA OLGA RAMÍREZ SAEZ, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 15.967.634, domiciliada en el Barrio Esperanza II, carrera 28, con calle 3, casa Nº 28-24, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas; en contra del ciudadano JAIRO MIGUEL PÉREZ RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, Docente, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.374.168, domiciliado en Terrazas de Alto Barinas Sur, calle 11, Avenida 6E, casa Nº 244, por Cafinca, en la Ciudad de Barinas y labora en el Lice.....