En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana JOSEFA SEGUNDA VIVAS PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.344.296, en contra del ciudadano VICENTE JUVENCIO ESCALANTE ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.360.683., a favor del niño DISBELTHER JORDAN ESCALANTE VIVAS y del Adolescente JOSE VICENTE ESCALANTE VIVAS, en consecuencia se fija la suma de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 130.000,00) mensuales, a partir del mes de Marzo del año en curso, mas dos (2) bonificaciones especiales en los meses de Septiembre y Diciembre, por la cantida.....