En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación Alimentaría, hoy Obligación de Manutención incoada por la ciudadana ELIZABETH MEDINA RUJANO, venezolana, de ocupación oficio TSU en Construcción Civil, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.212.295, domiciliada en el Barrio Las Flores, carrera 6, entre calles 3 y 4, casa Nº 3-18, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas; en contra del ciudadano JOSE ANTONIO VIVAS PABLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.587.402, de profesión u oficio: Estudiante, domiciliado en la Concordia, calle 3, casa Nº 4-78, frente al Ince Industrial, San .....