EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la adolescente STEFANY ASLEIDY VARGAS ROMERO.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano LUIS EDUARDO VARGAS PERNIA, se obliga dar aumento a la manutención a favor de sus hija, por la cantidad mensual de CIENTO TREINTA BOLÍVARES (Bs. 130,00), más dos cuotas adicionales por una cantidad igual, es decir, CIENTO TREINTA BOLÍVARES (Bs. 130,00), en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar y CIENTO TREINTA BOLÍVARES (Bs. 130,00), en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, asimismo el 50% de los gastos médicos, calzado y vestido de uso diario, de igual modo se compromete a cancelar las tres (3) mensualidades que tiene atrasadas, que corresponde a la cantidad de CIENTO OCHENTA BOLÍVARES (Bs. 180,00), en el momento que sea cancelado el aumento de su trabajo, como cumplimiento de la Obligaci.....