Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL y PRIVADO, a tenor de lo dispuesto en los Artículo 578 literal "a" y 579 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, contra el acusado IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION, previsto en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en perjuicio del ciudadano José Hilario Sarmiento Sarmiento, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, contemplados en los artículos 458 en relación con el articulo 83 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de los ciudadanos Arel Antonio Herrera Hernández y María Alejandra Fernández Méndez y HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA Y MOTIVOS FUTILES contemplado en el articulo 406 numeral 2 en perjuicio del ciudadano hoy Occiso Valdivieso Hernández Carlos Alfredo.
INTIMACIÓN A COMPARECER A JUICIO
Se intima a todas las partes para que en un plazo común de CINCO (05) DÍAS acudan al Tribunal de Juicio, plazo que se contará a par.....