DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la presente causa en la cual aparece como imputado: ADRIAN FABRICIO PEÑA venezolano, de 14 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 18.838.182, natural de Barinas, hijo de Nury Justina Peña y desconoce el nombre de su padre, domiciliada en el Barrio Independencia III, Calle José Antonio Páez, Casa Nº 9-53, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 414 ordinal 4º del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 561, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes la .....