Es este estado, este Tribunal de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en virtud de la no comparecencia de gran parte de funcionarios y testigos promovidos por las partes para la realización del presente Juicio Oral y Privado y en aras de la búsqueda de la verdad procede a la suspensión de la audiencia a los fines legales consiguientes, de conformidad con el artículo 335 numeral segundo del COPP y en consecuencia, se suspende el Juicio Oral y Privado para el día: MIERCOLES 13 de ABRIL de 2005, a las 9:00 a.m. y se insta a las partes para que presenten sus testigos, funcionarios y victima promovidos. Quedan notificados los presentes. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-