Por todas las razones antes expuestas este Juzgado de Juicio de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA NEGAR la solicitud realizada por la Defensa Privada y el joven acusado de autos por cuanto no han cambiado las circunstancias de hecho y derecho que dieron lugar a la decisión de fecha 23 de Marzo del presente año, por considerar que el joven esta cumpliendo con una medida de aseguramiento para que no evada el proceso, es decir, para que no exista riesgo de fuga y así mismo se evidencia en la constancia e informe médico consignados ante este Tribunal, que no se trata de una enfermedad grave o en fase terminal, que amerite urgencia del caso. Notifíquese lo decidido. Cúmplase. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Esta.....