DISPOSITIVA.
Por todo los razonamientos antes expuestos y después de analizados los hechos así como las pruebas incorporadas durante el desarrollo del presente juicio oral y privado y analizada la sanción a imponer, este Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Se declara Penalmente Responsable al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, venezolano, de 17 años de edad, soltero, dice ser titular de la cedula de identidad Nº 20.868.342, natural de Barinas estado Barinas; fecha de nacimiento 10/10/88, residenciado en el Barrio "Mi Futuro" detrás del Barrio "Mi Jardín", casa N° 227, cerca de las Terrazas, de esta ciudad de Barinas Estado Barinas, hijo de los ciudadanos Esteban Ruiz y Ofelia del Carmen Cuevas, con ocupación de obrero de una finca ubicada en Socopó cerca del puesto.....