En consecuencia, este Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte Formal HOMOLOGACIÓN al Convenimiento celebrado entre los ciudadanos; JUAN CARLOS CASTILLO RUIZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio Primero de Mayo, Calle 19 de Abril, Parroquia Dolores, Municipio Rojas, estado Barinas, titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.384.457, teléfono Nro. 0273-4112949, y la ciudadana OJEDA ROMERO MEREY DIOSELIS, venezolana, mayor de edad, estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.662.048, domiciliada en el Barrio La Fe, Calle La Fe, Casa S/N, de la Parroquia Dolores, Municipio Rojas, estado Barinas, teléfono Nro. 0273-8080978, por estimar que el referido Convenimiento, va en beneficio del interés superior de las niñas (se omiten las identidades de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), en consecuencia, .....