Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Obligación de manutención incoada por la ciudadana: DAYANARA YSABEL GUERRA GARCIA, venezolana, mayor de edad, Defensora de la Mujer, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.648.858, domiciliada en el Sector Masparrito Independencia, la calle Principal, Parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas, estado Barinas, contra el ciudadano: YONNI RICARDO TORRES PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.551.974, domiciliado en el Barrio el Tigre, a una cuadra de la pista de baile, Parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas, estado Barinas; en beneficio de la niña (se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), en consecuencia se AUMENTA LA.....