Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Obligación de manutención incoada por la ciudadana ALEIDA ROSA MADINA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.906.986; contra el ciudadano CARLOS ALBERTO MARTINEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.193.358, en beneficio de sus hijas (se omiten las identidades de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA),
SEGUNDO: FIJA DICHA OBLIGACION ALIMENTARIA en la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 750,00) mensuales por concepto de Obligación de manutención, a partir del presente mes de Septiembre del año 2.013: más dos cuotas especiales adicionales al año: 1) en el mes de AGOSTO la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVAR.....