declara con lugar la demanda de desalojo y pago de los montos adeudados del canon de arrendamiento causados hasta la fecha de la presentación de la demanda correspondientes a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024, enero, febrero de 2025 a razón de trescientos cincuenta dólares ($350,00) cada uno de los meses o su equivalente en Bolívares de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta del contrato de arrendamiento a la tasa vigente del Banco Central de Venezuela, y los que se sigan venciendo hasta que quede definitivamente firme la presente decisión lo que serán calculados el monto respectivo a cada mes mediante una experticia complementaria del fallo de acuerdo al artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, así como hacer entrega del local comercial descrito en el contrato de arrendamiento en la cláusula primera correspondiente a un inmueble ubicado en el Centro Comercial Don Juan, local Nº 5, antes vía arauquita y cal.....