Como consecuencia del anterior pronunciamiento y acatando la uniformidad de la jurisprudencia y la doctrina de las Salas de nuestro más alto Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela se declara con lugar el recurso de apelación ejercido por la abogada Mariela Antonieta Rojas Dasilva, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil SERVICIOS Y SUMNISTROS R:I:S: C.A. y se declara como no presentada la demanda intentada, con la consecuente declaratoria de nulidad de todo lo actuado por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, así como la sentencia dictada en la audiencia oral de juicio en fecha en fecha 16/10/2025 y el extenso dictado el 30/10/2025;Y ASI SE DECIDE.