PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación Constitucional con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano Humberto Ramón Aponte, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-2.159.969, debidamente representado por el abogado en ejercicio José Alberto Morales Prieto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.087.641, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 255.447 y la ciudadana Audermina Mendoza de Aponte, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de la identidad Nº V-4.061.001, debidamente representada por el Defensor Ad-Lite.....