PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la interpretación con carácter Vinculante del artículo 185 del Código Civil, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la Sentencia Nº 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Expediente Nº 19-916 con ponencia del Magistrado Dr. Juan José Mendoza Jover, formulada por el ciudadano Niover de Jesús Gil Castellanos, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-9.314.573; de este domicilio, debidamente representado por el Abogado Ernesto de Jesús Duran Tablante, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 186.230 y la ciudadana Mirtha Josefina Sánchez Pichardo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de la identidad Nº V-11.246.841,
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante La Oficina de Registro Civil del municipio Baralt, estado Zulia, tal como se eviden.....