PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de autorización para separarse temporalmente de la residencia formulada por el ciudadano Isdely Alfonso Mora Escalante, ya identificado.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: No se ordena notificar al solicitante por encontrarse a derecho, y dictarse dentro del lapso legal estipulado en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, luego de la declaración de los testigos presentados.