Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesta por el ciudadano CÉSAR AUGUSTO RAMÍREZ RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad número 3.916.197, abogado, inscrito en el en el Inpreabogado bajo el número 83.723, actuando en su propio nombre y representación, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
SEGUNDO: Se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Educación cancelar al ciudadano antes mencionado, la cantidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS TRECE BOLÍVARES CON TRES CÉNTIMOS (Bs. 19.513,03) por diferencia de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses de mora, sobre la cantidad de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLÍVARES CON CUARENTA Y.....