Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EL AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en contra del acusado: FREDDY ENRIQUE ARMAO SEQUERA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 15.462.549, de 28 años de edad, nacido en fecha 20-10-1976, natural del Cambur, Caserío Masparro del Estado Barinas, obrero y residenciado en Curbatí, Barrio El Silencio, Finca Las Palmeras al frente de la manga de coleo, Estado Barinas; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del Ciudadano: JOSÉ ISIDRO ARÉVALO.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de Cinco (05) días concurran ante el T.....