Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 02, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a pronunciarse en los siguientes términos y DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión del Imputado como flagrante de conformidad con lo establecido en el Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en el Art. 256 numerales 3° y 6° ejusdem, consistente en presentarse cada ocho (08) días ante la OAP y no acercarse a la víctima; la medida es otorgada a favor de los imputados Elvis José Albarran Guerrero, venezolano, titular de la cédula de identidad 18.086.935, de 22 años de edad, nacido el 05/03/1985, en Barinas Estado Barinas, ayudante de mecánica, grado de instrucción Bachiller, soltero, hijo de Enmy Teresa Guerrero (v) y de Omar José Albarrán Becerra (v), residenciado en Urbanización Raúl Leoni, Sector 4, vereda 1.....