Se declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada: Marlyn Liseth Rodríguez Pineda.
Se declara SIN LUGAR la oposición a la admisión de los medios probatorios promovidos por la parte actora.
Quedan así CONFIRMADOS los autos apelados ambos de fecha 30 de junio de 2.010, que se encuentran insertos en los folios 72 al 74 del presente expediente, dictados por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.