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Decisiones del dia 01/07/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Muncipio Antonio José de Sucre
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 183-09 N° Sentencia : 01 Fecha: 01/07/2009
Procedimiento:
Con Lugar
Partes:
RAFAEL ENRIQUE BONILLA GUTIERREZ
Resumen:
Para decidir este Tribunal observa: El artículo 773 del Código de Procedimiento Civil establece: "En los casos de errores materiales cometidos en las actas del Registro Civil, tales como cambio de letras, palabras mal escritas o escritas con errores ortográficos, trascripción errónea de apellidos, traducciones de nombre, y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por los medios de prueba admisibles y el Juez con conocimiento de causa resolverá lo que considere conveniente". En el presente caso, quien aquí decide estima que con los instrumentos cursantes en autos, antes analizados y valorados, se encuentra plenamente demostrado que el número de cédula de la madre del poderdante ciudadana FIDELIGNA CHAPARRO GARCIA es 23.508.194 y no 27.508.194, y que el nombre del padre es JOSE DEL CARMEN CARVAJAL GALLO y no JOSE DEL CARMEN CARBAJAL GALLO; como erróneamente aparece en el acta de nacimiento asentada por ante la Prefectura de la.....
Juez/Ponente:
Yenny Reverol Zambrano
Organo:
Juzgado del Muncipio Antonio José de Sucre
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N° Expediente : 925-09 N° Sentencia : 02 Fecha: 01/07/2009
Procedimiento:
Homologacion Fijacion Obligacion De Manutencion Y
Partes:
MARIAISABEL ARIAS PERNIA Y FAVIO OMAR ROA PEÑALOZA
Resumen:
EL TRIBUNAL OBSERVA: PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXX XXXXX. SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano FAVIO OMAR ROA PEÑALOZA, se obliga con la manutención a favor de su hija, por la cantidad mensual de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00), se compromete a cancelar dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, a partir del mes de Julio del año 2009, más una bonificación especial al año, en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, por la cantidad de SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,00); asimismo se hace cargo del 50% de los gastos médicos, medicina, calzado, recreación y vestido de uso diario que la niña necesite, como cumplimiento de la Obligación. TERCERO: Dichas cantidades deben ser depositadas por el ciudadano FAVIO OMAR ROA PEÑALOZA, en la Cuenta de Ahorros de la Entidad Bancaria Banfoandes, ordenada la aper.....
Juez/Ponente:
Yenny Reverol Zambrano
Organo:
Juzgado del Muncipio Antonio José de Sucre
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