El adolescente fue sancionado en fecha 11 de Julio de 2011, con las Medida de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal "b" en relación con el artículo 624 de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de LESIONES GRAVISIMAS, previsto en el articulo 414 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Lorman Rafael Paredes. Se estableció que la sanción culminaría para el adolescente el 11 de Julio de 2013; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 622, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se determina que el adolescente; ha cumplido VEINTIUNO (21) DIAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y NUEVE (09) DIAS, y que el CUMPLIMENTO TOTAL de la sanción es el 11 DE JULIO DE 2013. Remítase copia certificada y notifíquese al joven, del presente Cómputo. Notifíquese a la Defensa del joven y.....