Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la demanda de acción mero declarativa de reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta por la ciudadana: Angelina Baquero Leal, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.431.697, debidamente asistida por la abogada en ejercicio Marilda Villareal Rujano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.651, en contra del ciudadano: Luis Alberto Bayuelo Escobar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.545.524, a fin de que se reconociere la unión concubinaria que presuntamente sostuvo con el de cujus Luis Antonio Bayuelo Barona, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula.....