PRIMERO: Declara INADMISIBLE la demanda de nulidad de título supletorio intentada por la ciudadana Lourdes Margarita Gómez Montilla, actuando en su propio nombre y en representación del menor Boris José Puerta Gómez, contra el ciudadano Boris Enrique Puerta Herrera, ya identificados.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la nulidad del registral correspondiente al título supletorio levantado por el demandado Boris Enrique Puerta Herrera, protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 29 de septiembre del 2003, bajo el N° 11, Folios 66 al 72, del Protocolo Primero, Tomo Diecinueve (19), Principal y Duplicado, Tercer Trimestre del año 2003.
TERCERO: Se REVOCA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 08 de julio del 2004.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 515 ejusdem.
QUINTO: Se .....