En mérito de las consideraciones antes expuestas este tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA del demandado, ciudadano Julio Cesar Pérez Velazco, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.372.689, con domicilio en la sede de la Sociedad Mercantil J. AGRO, C.A., ubicada en la Avenida Intercomunal Rafael Rocha, al lado del Mercado Artesanal, Sector Santa Clara, Barrio San Rafael, Jurisdicción de la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar, del estado Barinas en su carácter de ARRENDATARIO.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de Prorroga Legal (Local Comercial), interpuesta por el abogado Omar Osuna Dávila, inscrito en el.....