este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Obispos, Cruz Paredes Y Alberto Arvelo Torrealba De La Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana YUSMELY SANDRA QUINTERO CAMACHO, parte actora en el presente procedimiento, madre de los niños (identidad omitida según el artículo 65 de la LOPNNA), contra el ciudadano ITALO ANTONIO MONTILLA CALDERON, Y LA CONFESION FICTA. En consecuencia, se fija el aumento de la obligación de manutención en la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo) MENSUALES, adicional a la cantidad de: CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo), como Aumento de la Bonificación Especial del mes de Agosto para la compra de uniformes y útiles escolares, adicional a la cantidad de: CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo)