D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de Desalojo y Pago de Cánones de Arrendamiento, incoada por el ciudadano HUGO RAMIRO GONZALEZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 13.211.847, domiciliado en la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano EL AMAND ARIAS WAFIE YIHAD, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.854.622, domiciliado en la Ciudad de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas; Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se condena al demandado ciudadano EL AMAND ARIAS WAFIE YIHAD, titular de la cédula de identidad N° .....