Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: NO HA LUGAR a la apelación interpuesta el 25 de noviembre de 2010, por la ciudadana: Marisol Gallo Barreto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.211.678, domiciliada en la población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, contra la decisión dictada en fecha 16 de noviembre de 2010, por el Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en el juicio a que se contraen estas actuaciones, seguido por la ciudadano: Jesús Nicolás Pérez Monasterio, contra la ciudadana: Marisol Gallo Barreto, por ofrecimiento de obligación de manutención.
SEGUNDO.....