D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA del demandado ciudadano RICHARD RAMIREZ RIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana DIOCELINA ALVAREZ SOTO, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Del Hogar, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.170.649, domiciliada en el Barrio Libertador, calles 5 y 6, casa s/n, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano RICHARD RAMIREZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, obrero. titular de la cédu.....