Por los motivos antes expuestos, este Tribunal, a cargo de la Jueza del Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio solicitada por los ciudadanos: YESSICA YASMIN CONTRERAS MORA Y JOSE LUIS DELGADO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad números V.- 19.279.091 V.- 17.660.732,. EN CONSECUENCIA, QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron , según acta de matrimonio Nº 43, que cursa al folio 85-86, Tomo I, de fecha 30/04/2004, de esta causa, emanada del Registro Civil de la Parroquia ROMULO BETANCOURT, Municipio Barinas del Estado Barinas. Así mismo quedan HOMOLOGADOS, los acuerdos con respecto a la Patria Potestad, Responsabilidad De Crianza, Régimen De Convivencia Familiar y la Obligación d.....