, DECRETA Primero: Como Flagrante la Aprehensión de los Imputados Angel Rafael López Castillo, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.139.764, constratista, natural de Caracas, nacido el día 21-6-76, quien es hijo de Frilan Rafael López Silva y Carmen Mireya Castillo, residenciado en el Barrio San Antonio, calle 3, casa s/n, a tres casa de un Laboratorio Dental, Acarigua y el imputado Fernando Jose Herrera Surmay, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.637.291, jardinero, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 4-10-82, quien es hijo de Olinda Herrera y Carlos Surmay, residenciado en el Barrio Las Lomas, calles principal, casa s/n a dos cuadra de las escuela, La Caramuca, Barinas, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Niega la solicitud de la defensa privada Abg. Miguel Becerra en otorgar una Medida Cautelar a favor de los imputados de autos y en consecuencia se decla.....