PRIMERO: Se FIJA la cantidad de seis mil bolívares fuertes (Bs.F.6.000,00), por concepto de honorarios profesionales que debe cancelar el ciudadano Jesús Márquez Escalona, al intimante abogado en ejercicio Olinto de Jesús Díaz Cortez, por concepto de honorarios profesionales causados con ocasión del juicio principal.
SEGUNDO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de la presente decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 29 de la Ley de Abogados.